Ciudad de México, 27 de agosto de 2026.- La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que enviará al Congreso de la Unión la iniciativa de reforma constitucional para que quienes deseen ocupar la Presidencia de la República o gubernaturas renuncien a su doble nacionalidad en caso de tenerla, con el objetivo de que el interés de México esté por encima de cualquier otro.

“El objetivo es garantizar que toda persona mexicana que desee ser presidente o presidenta de la República, gobernador, gobernadora, jefe o jefa de Gobierno, deba ser solo mexicano, no tener ninguna otra nacionalidad. (…) Actualmente en la Constitución no queda claro —y ha habido gobernadores que tienen doble nacionalidad— no queda claro que deben renunciar a la … si tienen otra nacionalidad, antes de ser candidato”.

“Y ahora lo que estamos proponiendo es eso al Congreso de la Unión, que una vez que se inscriban, que es el momento en que desean ser presidenta o presidente o titular del Ejecutivo de alguna entidad de la República, deben renunciar a otra ciudadanía, si es que la tienen, y solamente quedarse con la nacionalidad mexicana, para garantizar que el interés de la nación esté por encima de cualquier otro interés de cualquier otro Estado o nación del mundo”, puntualizó en la conferencia matutina: “Las mañaneras del pueblo”.

Detalló que esta iniciativa responde a la necesidad de que frente a injerencias es indispensable que los gobernantes sean mexicanas y mexicanos. “Que el interés superior sea México, ningún otro país”, subrayó.

La Jefa del Ejecutivo Federal recordó que el artículo 82 de la Constitución establece los criterios para ser Presidenta o Presidente:

* Ser ciudadano mexicano por nacimiento.

* Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.

* Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia.

* No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.

* No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional, seis meses antes del día de la elección.

* No estar comprendido en alguno de los impedimentos previstos en el artículo 83 de esta Constitución.

* No tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad del Ejecutivo Federal. La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, explicó que los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución establecen que, para ocupar la Presidencia de la República, o ser gobernador, gobernadora, o jefe o jefa de Gobierno, es necesario ser ciudadano mexicano por nacimiento. Mientras que el artíc

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