*Arrecia política anti inmigrante en EU
Houston, Texas.- El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos elogio a la Corte Suprema de los Estados Unidos por dictar tres fallos que reafirman varias políticas y decisiones de la Administración Trump destinadas a “proteger la seguridad nacional y expulsar del país a extranjeros indocumentados con antecedentes penales”.
“Estos tres fallos representan victorias para el Estado de derecho y el sentido común”, afirmó el Asesor Jurídico General del DHS, James Percival.
Entre estas medidas se incluye la prohibición de que los extranjeros soliciten asilo si no han pisado territorio estadounidense, la facilitación de la expulsión de residentes permanentes legales (LPR) que cometen delitos y la reafirmación de que el Estatus de Protección Temporal (TPS) siempre tuvo carácter temporal y puede cancelarse en el momento oportuno.
En el caso “Blanche v. Muk Choi Lau”, la Corte Suprema dictaminó, por 6 votos a favor y 3 en contra, que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) no está obligada a presentar pruebas claras y convincentes de que un residente permanente legal (LPR) ha cometido un delito que implique “depravación moral” antes de considerar a dicho residente como un solicitante de admisión.
Como resultado, la CBP podrá posponer la inspección de los LPR que hayan cometido un delito hasta después de que sean condenados, lo que permitirá utilizar la condena como fundamento para su expulsión.
En el caso “Mullin v. Al Otro Lado”, la Corte Suprema dictaminó, por 6 votos a favor y 3 en contra, que no se considera que un extranjero que se encuentra en México ha “llegado a los Estados Unidos” por el hecho de intentar, sin éxito, pisar suelo estadounidense.
Se considera que un extranjero ha llegado efectivamente solo cuando cruza la frontera. En consecuencia, un extranjero que se encuentra en México no tiene derecho a solicitar asilo, ni el oficial de inmigración está obligado a inspeccionarlo.
Este fallo revoca una opinión del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, que inicialmente había declarado que los extranjeros situados fuera de la frontera terrestre de los Estados Unidos eran elegibles para solicitar asilo.
Finalmente, en el caso “Mullin v. Doe”, la Corte Suprema dictaminó, por 6 votos a favor y 3 en contra, que la Administración Trump puede cancelar la designación de Estatus de Protección Temporal (TPS) para Siria y Haití.
El fallo determinó además que la ley federal generalmente impide la revisión judicial de futuras decisiones sobre la designación o terminación del TPS, y estableció asimismo que es poco probable que prosperen las impugnaciones basadas en alegaciones de que dichas terminaciones obedecen a discriminación racial.